Aquí te contamos como aplica la 1429 de 2010 en la liquidación de los aportes parafiscales de tu compañía.
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Normatividad
El 29 de diciembre de 2010, El Ministerio de la Protección Social, expidió la Ley 1429 de 2010 o también conocida como la Ley de Formalización y Generación de Empleo.
Entre otras disposiciones, esta Ley estableció un estímulo decretando una reducción en los aportes que realicen las pequeñas empresas (menos de 50 trabajadores y activos inferiores a 5000 SMMLV) destinados a SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar.
Estas reducciones empezarán a aplicar de forma progresiva así:
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Cero por ciento (0%) del total de los aportes mencionados en los dos primeros años gravables, a partir del inicio de su actividad económica principal.
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Veinticinco por ciento (25%) del total de los aportes mencionados en el tercer año gravable, a partir del inicio de su actividad económica principal.
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Cincuenta por ciento (50%) del total de los aportes mencionados en el cuarto año gravable, a partir del inicio de su actividad económica principal.
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Setenta y cinco por ciento (75%) del total de los aportes mencionados en el quinto año gravable, a partir del inicio de su actividad económica principal.
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Ciento por ciento (100%) del total de los aportes mencionados del sexto año gravable en adelante, a partir del inicio de su actividad económica principal.
Configuración en Nominapp
Si tu compañía es beneficiaria de la Ley 1429 DE 2010 sigue estos pasos para efectuar la configuración en Nominapp:
- Haz clic en el menú Empresa en la barra lateral y selecciona la opción Datos de Empresa
- Ubica la sección Preferencias de pago y pila y dale clic al botón Editar
- Desplaza la pantalla hasta Configura la Seguridad Social
- En el campo Aplica para la Ley 1429 de 2010 marca la opción Sí
De ésta forma, Nominapp empezará a realizar la liquidación de los aportes parafiscales de tu empresa.
Importante
Esta información ha sido publicada con el fin de orientar a nuestros usuarios sobre el manejo que tienen éste tipo de normas en nuestra aplicación. Debes siempre consultar con tu contador, asesor legal o entidades correspondientes, ya que sólo ellos serán quienes te asesorarán sobre la aplicación y el manejo que esta legislación tiene en cada caso particular.
Si tienes alguna duda con este proceso o algo no te quedo claro ¡No te preocupes!
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