El porcentaje que se utiliza para el cálculo de los aportes mensuales que debe efectuar la empresa se toma con base a la tarifa correspondiente a la clasificación de riesgo de la actividad económica que desempeña la empresa.
De acuerdo con la clase de riesgos, el Gobierno Nacional estableció la siguiente tabla de cotización:
La tarifa se aplica a los ingresos salariales que haya devengado el empleado en el mes.
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Para el cálculo no se tiene en cuenta: subsidio de transporte, valor de vacaciones compensadas ni demás ingresos no constitutivos de salario.
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No se genera pago al Sistema de Riesgos Laborales (ARL), durante período de: Vacaciones disfrutadas, Licencia remunerada, maternidad o paternidad, Licencia no remunerada, suspensión o abandono del puesto de trabajo.
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