El 29 de diciembre de 2010, el Ministerio de la Protección Social, expidió la Ley 1429 de 2010 o también conocida como “ la Ley de Formalización y Generación de Empleo”.
Según el Artículo 5, para ser beneficiario de ésta ley, su empresa debe:
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Tener menos de 50 empleados
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Sus activos totales no deben superar los 5.000 SMMLV
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Haber iniciado su actividad económica principal a partir de la promulgación de la Ley (2010).
De acuerdo con el Artículo 65 de la Ley 1429 de 2010, el beneficio de Progresividad en el pago de los parafiscales y otras contribuciones de nómina tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014, por lo que no aplica para empresas que se hayan constituido después de ésta fecha.
Importante:
Esta información ha sido con el fin de orientar a nuestros usuarios sobre el manejo que tienen éste tipo de normas en nuestra aplicación. Debes siempre consultar con tu contador, asesor legal o entidades correspondientes, ya que sólo ellos serán quienes te asesorarán sobre la aplicación y el manejo que esta legislación tiene en cada caso particular.
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